¿Cuáles son las obligaciones de las empresas frente al Coronavirus?

¿Cuáles son las obligaciones de las empresas frente al Coronavirus?

A estas alturas es innegable cómo han cambiado nuestros hábitos, rutinas, costumbres y formas de vida con la llegada de la Covid-19. No hay ni un solo aspecto de nuestras vidas o sociedad, que no haya sufrido las consecuencias de esta pandemia.

Ejemplo de ello son los lugares de trabajo, en los que, si no tomamos las medidas necesarias, pueden convertirse en un importante foco de contagio.

Ante esta situación, las empresas son responsables de garantizar el bienestar y la seguridad de los trabajadores, ante esta y otras situaciones. No sólo la Covid-19 es una situación de riesgo para los trabajadores, a la que las empresas deban prestar suma atención, si no que existen muchas otras. Sin embargo, en la actualidad, la pandemia de Coronavirus es la que más quita el sueño a la ciudadanía.

Por ello, en este artículo queremos hacer un repaso a todas las medidas obligatorias que deben llevar a cabo las empresas por el bien de sus trabajadores.

¿Qué obligaciones tienen las empresas ante el Covid-19?

Desde que comenzara el Estado de Alarma, son muchos los organismos que han tratado de establecer e informar sobre las medidas preventivas y de seguridad, que deben llevarse a cabo en los centros de trabajo.

Planes de contingencia en las empresas

Con ellos, se pretende mejorar los niveles de seguridad y disminuir la incertidumbre en los trabajadores, en la medida de lo posible. Para ello, los empresarios deben establecer una serie de medidas de emergencia de carácter general, que serán aplicables en otras situaciones de emergencia. Este plan de contingencia debe basarse en medidas que influyan lo menos posible en el equipo de trabajo y medidas preventivas, que protejan al personal laboral y clientes. También deben formarse e informarse a los trabajadores para que lleven a cabo estas medidas de forma correcta y sin poner en peligro su seguridad.

Por otra parte, las empresas deben establecer comunicación con las Autoridades Sanitaria para actuar frente al Coronavirus si fuera necesario.

Protocolos de actuación frente al Covid-19

Es necesario que los protocolos y medidas a tomar ante esta situación de pandemia, sea consensuadas por la empresa y los representantes de lo trabajadores. El protocolo servirá como guía para controlar el riesgo de exposición y formas de actuación llegado el caso. Todo esto debe realizarse teniendo en cuenta las recomendaciones tanto del Ministerio de Sanidad como de las Comunidades Autónomas.

Deben garantizarse las medidas de protección de todos los trabajadores, según sus características personales y situaciones de salud (medicaciones, enfermedades, embarazos…), teniendo en cuenta, sobre todo, aquellas personas que son especialmente sensibles a este riesgo. En todo momento, debe evitarse que los trabajadores estén expuestos a riesgo de contagio. Por lo que deben adoptarse todas las medidas de prevención y seguridad necesarias, como el teletrabajo, cambios de puesto de trabajo… así como las medidas de protección individual, si fueran necesarias.

Por todo esto, es de suma importancia que las empresas proporcionen a los trabajadores toda la información relacionada necesaria. Además, se aconseja hacerlo vía telemática.

Paralización de la actividad en caso de riesgo grave

Los trabajadores tienen derecho a paralizar su actividad en caso de que haya un riesgo probable e inminente de contagio, si la situación no se resuelve de forma inmediata. Para estas acciones se han contemplado tres posibilidades de llevarlo a cabo:

  • La interrupción del trabajo por parte del trabajador y abandono del lugar de trabajo.
  • Interrupción del trabajo por parte de los representantes, según la decisión de la mayoría de los trabajadores.
  • Interrupción por parte de los Delegados de Prevención, si no da tiempo a reunirse el Comité de Empresa.

Medidas para proteger la salud de los trabajadores

A parte de lo anterior descrito, existen otras medidas de prevención de extrema importancia, que todas las empresas, sean del sector que sean, deben implantar en sus rutinas, organización y lugares de trabajo.

Trabajo presencial

Según lo establecido en el Real Decreto, al comienzo de esta pandemia, las empresas están obligadas a facilitar todas las medidas necesarias para que los trabajadores realicen tu trabajo por medios no presenciales, siempre que esto sea posible. De esta forma, se ha visto cómo muchos trabajos de oficina o ejecutivos han comenzado a desarrollarse en las casas de cada uno de los trabajadores. De la misma forma, que se suspendieron todas las actividades docentes de forma presencial.

Orden y limpieza del lugar de trabajo

De esta forma, los equipos de trabajo deben emplearse por la persona titular del puesto y desinfectarlos después de cada uso con soluciones hidroalcohólicas. Es obligatorio mantener la distancia de seguridad entre los trabajadores y fomentar en la medida de lo posible, las reuniones por videoconferencia.

Además, las empresas deben poner a disposición de todos los trabajadores el material higiénico necesario. Todo esto siguiendo las indicaciones establecidas y publicadas por las autoridades sanitarias.

Sistemas de vigilancia de la salud física y mental de los empleados

Se recomienda a las empresas que realicen vigilancia de la salud de los empleados y mantener un flujo de información constante sobre la salud de estos, manteniendo siempre la confidencialidad.  

De la misma forma, es importante cuidar el estado anímico y metal de los trabajadores en una situación como esta. Pudiendo establecer mecanismos de vacaciones y trabajo flexible.

Minimizar los riesgos frente a las relaciones con los clientes

En importante que las empresas trabajen junto con los clientes para adaptar y comprender los cambios que sufre el mercado como consecuencia, entender el impacto y llevar a cabo las nuevas medidas de seguridad en los establecimientos públicos, una vez que estos reanuden su actividad.

Productos para evitar contagios en las empresas

Conocidos los aspectos más importantes para que las empresas tengan protegidos a sus trabajadores, lleva el momento de saber qué productos son los necesarios y aconsejables para poner a disposición de los empleados y clientes, en caso de tratarse de trabajos de cara al público. Recuerda que todos ellos los tienes disponibles en nuestra tienda online, haciendo clic aquí.

Mascarillas higiénicas

A estas alturas todos sabemos que son de uso obligatorio, bajo penas de multas, sin importar la distancia de seguridad. Sea el lugar público que sea es obligatorio el uso de mascarilla. Sin embargo, en el caso de los lugares de trabajo, existen algunas excepciones a esta obligatoriedad. Si los trabajadores cuentan con un puesto de trabajo a una distancia de más de metro y medio del resto de compañeros, no es imprescindible que la utilice. Eso sí, cuando el trabajador se mueva en el interior del centro de trabajo y por las zonas comunes, sí será obligatorio el uso de mascarilla.

Otra excepción son los casos en los que los trabajadores deban desempeñar su trabajo por medio de esfuerzo físico.

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Pantalla de protección facial

Si algo hay que tener muy claro es el hecho de, que este producto es un complemento de la mascarilla higiénica, que utilizan algunos sanitarios y profesionales. Decimos complemento, porque tal y como han indicado las autoridades, su uso no exime de la obligación y necesidad de llevar mascarillas, ya que su funcionalidad es limitada.

En un principio se comenzaron a emplear en los entornos sanitarios ante la escasez de mascarillas, con el fin de no ser contagiados en entornos cercanos. De ahí, que algunos profesionales que trabajan de cara al público, con contacto directo en los que no se puede respetar la distancia de seguridad, lleven este tipo de protectores (para no ser contagiados) junto con la mascarilla (para no contagiar).

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Gel hidroalcohólico

Este es el producto que más hemos visto, y aún vemos, en cualquier establecimiento o centro de trabajo, desde que comenzara la situación de pandemia.

Según indicaciones publicadas en el BOE, los titulares de la actividad económica, entidades o centros educativos deben adoptar las medidas de prevención a todos los trabajadores, entre las que se encuentran el uso de geles hidroalcohólico para la desinfección de manos. En caso de no sea posible, deberán proporcionar jabón y agua.

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Guantes protectores

El uso de guantes protectores son otra medida de prevención que debe llevarse en los lugares de trabajo en los que se esté en contacto con clientes. Un estudio publicado por la OCU, sobre las medidas higiénicas en los supermercados, establece un ranking de los supermercados con más medidas de protección tanto para los clientes, como para los trabajadores.

A la cabeza se encuentran los supermercados Mercadona, en el que casi todos sus trabajadores cuentan durante las horas de trabajo con guantes protectores, mascarillas y pantallas protectoras en las líneas de caja. Le siguen los supermercados Lidl, que también proporcionan guantes a los empleados y consumidores, y DIA.

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No obstante, más allá de las medidas facilitadas por las empresas, es importante que tomemos conciencia tanto dentro como fuera de los lugares de trabajo. Ya que los lugares trabajo no son el único foco que existe. Por ello, son tan importantes las medidas de seguridad e higiene.

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